Los contratos de formación podrán prorrogarse hasta en dos ocasiones
Los contratos de formación y aprendizaje podrán ser prorrogados por las empresas hasta en dos ocasiones si es que hay un acuerdo entre las partes y si no se supera los tres años de duración. Esto es lo que se establece en el borrador del proyecto de Real Decreto sobre el desarrollo del contrato para la formación y el aprendizaje.
Esta clase de contrato laboral está dirigido para los jóvenes que no tengan cualificación profesional reconocida y que tengan entre 16 y 25 años. Además, su duración mínima asciende a un año y la máxima a tres.
Según este proyecto, los contratos podrán prorrogarse a través del acuerdo entre las partes hasta en dos ocasiones. De todas formas, se establece que la duración de cada prórroga no sea menor a los seis meses y que la duración total no supere el plazo establecido de duración máxima.
Asimismo, el proyecto establece que los contratos se podrán prorrogar tácitamente como contratos indefinidos ordinarios, así como que si tras la culminación del contrato de formación el trabajador continúa trabajando en la empresa, esta duración se considerará dentro de su periodo de antigüedad en la misma.

