Tipos de despido

¿Sabías que existen diferentes tipos de despido? Dependiendo de las causas por las que se produce o de la calificación legal que realice el juez en cada caso, un despido puede ser categorizado como improcedente, procedente o nulo. Según las características del despido laboral, también puede considerarse como despido disciplinario aquellos casos en los que se incumpla gravemente el contrato laboral firmado por empresa y trabajador, y como colectivo, si el despido afecta a todos o una parte de los trabajadores de una compañía.

Sigue leyendo para conocer cuáles son los tipos de despido que existen, su funcionamiento y características principales. Asimismo, podrás averiguar las causas y los efectos de cada uno de los despidos que se pueden producir y los pasos que debes seguir como trabajador despedido para afrontarlos.

¿Cuántos tipos de despido existen?

¿Qué tipo de despido me corresponde?

Si acaban de poner fin a tu contrato laboral, es importante que conozcas las clases de despido que existen para saber cuáles son tus derechos al ser despedido y cómo debes actuar. A continuación, detallamos los tipos de despido más frecuentes y sus rasgos más característicos:

Despido objetivo

Se denomina despido objetivo aquel que se produce tras darse algunas de las causas económicas, técnicas, organizativas o de producción en la empresa descritas en el Estatuto de los Trabajadores y que conllevan la extinción de la relación contractual entre el empresario y el trabajador, como por ejemplo: ineptitud del trabajador, falta de asistencia o ausencias constantes en el puesto de trabajo, motivos económicos u organizativos que supongan la necesidad de reducir puestos de trabajo en la empresa, imposibilidad del empleado por adaptarse a las modificaciones introducidas en su cargo, etc.

Cuando se produce un despido objetivo, el trabajador tiene derecho a recibir una indemnización de 20 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades. La empresa deberá comunicar por escrito la decisión al trabajador con 15 días de antelación, quien dispone de 20 días hábiles desde su notificación para realizar las reclamaciones legales que considere.

Despido disciplinario

El despido disciplinario se produce cuando el contrato del trabajador se extingue por causas justificadas que tengan que ver su comportamiento y su actitud en el puesto de trabajo, como por ejemplo: faltas de asistencia, impuntualidad reiterada e injustificada, desobediencia, ofensas verbales o físicas al resto de los compañeros o al empresario, disminución del rendimiento, acoso, etc. En este caso, el empresario deberá comunicarlo por escrito al trabajador, detallando las causas que lo motivan y la fecha en que el despido tendrá efecto.

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Despido colectivo

Ya sea por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, una empresa puede decidir despedir a una parte o a la totalidad de su plantilla. De esta manera, un despido colectivo puede afectar a :

  • 10 trabajadores en las empresas que tengan menos de 100 trabajadores en su plantilla.
  • El 10% del número de empleados cuando la empresa contemple entre 100 y 300 trabajadores.
  • 30 empleados en aquellas compañías que tengan más de 300 trabajadores.
  • Todos los trabajadores en aquellas empresas cuya plantilla sea superior a cinco empleados. En este caso, puede producirse un despido colectivo como consecuencia de la cesación total de la actividad de la empresa.

A estos tipos de despido que hemos explicado, habría que añadir la calificación legal que se le otorga dependiendo del veredicto que dictamine el juez sobre el despido. Si como trabajador despedido realizas una reclamación judicial, el magistrado puede calificarlo como: despido procedente, en los casos en los que se haya acreditado correctamente las causas del despido del trabajador; despido improcedente, si el empleado despedido no demuestra ante el juez que el despido no cumple los requisitos que establece la ley; o despido nulo, cuando el juez reconoce que el motivo del despido viola los derechos detallados en la Constitución o en el Estatuto de los Trabajadores y, por tanto, supone la readmisión del trabajador en la empresa y el abono de los salarios correspondientes al periodo en el que no ha estado realizando su actividad laboral pertinente.

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