¿Cuál es la edad mínima y máxima para poder trabajar?

El trabajo es uno de los derechos de los trabajadores reconocidos en nuestra Constitución, pero cuenta con unos límites: la edad mínima y máxima para poder trabajar. La edad mínima para trabajar existe para proteger a la infancia y el derecho a la educación. Pero... ¿existe también una edad máxima para trabajar? Lo explicaremos a continuación.

Edad mínima para trabajar

¿Cuál es la población en edad de trabajar?

La población en edad de trabajar es un concepto que define al sector de profesionales que pueden formar parte del mercado de trabajo. Dentro de las personas en edad de trabajar se encuentran tanto la población activa (quienes de forma efectiva están desempeñando un puesto de trabajo) como la población inactiva (quienes no está trabajando)

Así, la población en edad de trabajar son aquellos ciudadanos que están en edad legal de trabajar y con capacidad de incorporarse al mercado laboral, independientemente de que lo estén haciendo o no.

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Edad mínima para empezar a trabajar

Según la legislación española, la edad para empezar a trabajar son los 18 años, que se corresponde con la mayoría de edad. Antes de esta edad, el joven no tiene reconocida plena capacidad para firmar un contrato de trabajo en condiciones.

Sin embargo, hay excepciones, como los mayores de 16 y menores de 18 años que vivan de forma independiente. Este grupo, los conocidos en nuestra legislación como menores emancipados, puede trabajar si cuenta con el consentimiento de padres o tutores.

También pueden hacerlo los mayores de 16 y menores de 18 años, aunque no vivan de forma independiente, si cuentan con el consentimiento expreso de ambos padres. Y estos menores de 18 años no podrán, en ningún caso, realizar horas extraordinarias.

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¿Y qué pasa con casos especiales como los niños actores? El sector del espectáculo siempre ha generado cierta controversia entorno a esta disyuntiva. Estos supuestos excepcionales están regulados por el RD 1435/1985 de 1 de agosto, sobre la relación laboral de los artistas en espectáculos públicos.

Para que los niños actores puedan trabajar legalmente es imprescindible consentimiento escrito de los representantes legales del menor. Y dicho trabajo no debe suponer ningún peligro ni “para su salud física ni para su formación profesional y humana”.

Además, en España, cada Comunidad Autónoma impone los requisitos adicionales que considera necesarios. En Madrid, por ejemplo, el convenio colectivo de trabajo establece que la jornada laboral para estos menores no puede exceder de las cinco horas.

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Edad máxima para trabajar

Desde la reforma laboral de 2012, las clausulas en convenios colectivos de trabajo que extingan el contrato de trabajo por llegar a la edad de jubilación son consideradas nulas.

Por tanto, en la actualidad, no existe una edad máxima para trabajar en España. Además, el criterio es atrasar cada vez más la edad ordinaria de jubilación. De este modo, depende del trabajador decidir cuándo desea dejar de trabajar.

Sin embargo, las clausulas incluidas en convenios colectivos anteriores a 2012 si podrían tener validez si el convenio ha sido prorrogado.

Y existe un grupo muy numeroso que, al pertenecer a un régimen especial, sí está obligado a la jubilación forzosa: se trata de los funcionarios de la Administración del Estado. El Tribunal Supremo reconoció recientemente su derecho a retrasar la edad de jubilación a los 70 años, pero no más allá.