¿Cuáles son los supuestos de jubilación a los 61 años?

En este artículo hacemos un repaso a los supuestos de jubilación a los 61 años más frecuentes. Recordemos que salvo algunas excepciones, tras la reforma laboral ya no es posible la jubilación a los 61 años. Jubilarse anticipadamente no está al alcance de todos los españoles y algunos de los supuestos que conducen a la prejubilación no son nada deseables.

Sin embargo, para un grupo amplio de ciudadanos, la jubilación anticipada representa un derecho para todos aquellos que quieren empezar a disfrutar de una nueva vida.

Las reformas legales en las pensiones aprobadas por el Gobierno en 2013 establecen las condiciones actuales para abandonar la vida laboral de forma prematura, que se dividen en una serie de supuestos principales.

¿Cómo puedo jubilarme a los 61 años?

Jubilación a los 61 años por despido

Desgraciadamente, encontrar trabajo tras un despido pasados los 60 años puede ser una tarea casi imposible para la mayoría de los españoles.

En dicho caso, si la persona fue despedida antes del 1 de abril de 2013, con independencia del tipo de despido, y no volvió a darse de alta en la Seguridad Social, podrá jubilarse a los 61 años y recibir las prestaciones que le correspondan siempre y cuando se acoja a este derecho antes del 1 de enero de 2019.

Para el resto de españoles, despedidos después del 1 de abril de 2013, sólo podrán jubilarse anticipadamente si el despido se produjo por causas objetivas y a los 63 años desde 2017.

Cómo puedo jubilarme con 61 años

Jubilación a los 61 años después de un ERE

Un ERE (Expediente de Regulación de Empleo) es un sistema especial para ayudar a sobrevivir a empresas en crisis, que corren peligro de desaparición.

Mediante el ERE, las empresas en problemas pueden activar medidas excepcionales, como reducción de las horas de jornada de los trabajadores, extinción de contratos de trabajo de algunos de los trabajadores… para seguir funcionando.

El ERE de extinción es el peor de todos, pues supone el despido colectivo de los trabajadores.

Los trabajadores que hayan sufrido un ERE antes del 15 de abril de 2013 pueden jubilarse anticipadamente a los 61 años, siempre y cuando dicho ERE aparezca registrado por parte de la empresa en el Instituto Nacional de la Seguridad Social antes de la citada fecha de abril de 2013.

Sin embargo, para el resto la edad de jubilación continúa en los 63 años.

La jubilación por despido a los 61 años

Jubilación a los 61 años cobrando el paro

Existe un subsidio especial por desempleo para mayores de 55 años que permite seguir cotizando a la Seguridad Social para la jubilación. Es una cantidad fija de 426 euros que dejaría de cobrarse en el momento de la jubilación efectiva.

La jurisprudencia de marzo de 2013 establecía que este grupo de ciudadanos, si habían sido despedidos antes del 1 de abril de 2013, podían jubilarse a los 61 años. Sin embargo, el Instituto Nacional de la Seguridad Social modificó este criterio de forma restrictiva en agosto de 2014, estableciendo que dichos trabajadores no podían jubilarse a los 61 años al haber suscrito un convenio especial.

Sólo podrían jubilarse anticipadamente a los 63 años. No obstante, recientemente, el Gobierno dio marcha atrás y decidió mantener la jubilación a los 61 años para estos ciudadanos.

Jubilación a los 61 años por causas objetivas

En la actualidad, pueden acogerse a la jubilación anticipada a los 63 años los trabajadores despedidos por “causas económicas, técnicas, organizativas o de producción” en una empresa. Es lo que se conoce como “despido objetivo”.

Supuestos de jubilación a los 61 años

Jubilación forzosa a los 61 años

Sin duda, se trata del supuesto menos deseado entre las posibles causas de jubilación anticipada. Aquí no es el trabajador el que tiene la voluntad y el deseo de retirarse de la vida laboral.

Entre las causas para la jubilación forzosa se encuentran un despido colectivo (como consecuencia de un ERE), una resolución judicial, causas de fuerza mayor, jubilación del empresario o supuestos de violencia del género.

Para que un trabajador sea jubilado de forma forzosa es también necesario que haya cotizado al menos 33 años a la Seguridad Social y llevar, al menos, seis meses apuntado al paro.

Jubilación a los 61 años tras cierre de empresa

Por último, si una empresa se ve obligada a echar el cierre el trabajador años también se puede acoger a la jubilación anticipada si cumple con los años de cotización a la Seguridad Social expresados en los anteriores supuestos.

Para finalizar, hay que tener en cuenta que la reforma de las pensiones del Gobierno incluye un retraso paulatino de la edad de jubilación, tanto oficial como anticipada, calculándose que para 2027 la jubilación oficial esté ya establecida en 67 años.

Y también es necesario recordar que la jubilación anticipada siempre significa una pérdida de cierto porcentaje de la pensión para la que ha estado cotizando el trabajador durante toda su vida laboral.