¿Cuándo hay suspensión del contrato de trabajo?

Durante nuestra vida laboral es posible que en algún momento nos preguntemos cuándo hay suspensión del contrato de trabajo. Pues bien, ésto sucede al interrumpirse temporalmente la prestación laboral, pero preservando el vínculo contractual entre el trabajador y la empresa. Entre enero y febrero de 2017 se produjeron en España 4.712 suspensiones del contrato de trabajo, según las últimas cifras del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

Causas de suspensión del contrato de trabajo

Casos de suspensión del contrato laboral

Las causas de suspensión del contrato laboral pueden ser muy diversas, siendo las principales:

  • Mutuo acuerdo entre trabajador y empresa. Al ser una suspensión de mutuo acuerdo no será necesario acudir a ninguna mediación ni a instancias jurídicas por parte del trabajador.
  • Excedencia forzosa. Es la concedida al trabajador por la designación o elección para un cargo público o por el ejercicio de funciones sindicales que imposibiliten la asistencia al puesto de trabajo. Existen también otros tipos de excedencia contemplados en la legislación vigente.
  • Incapacidad temporal. Las causas comunes de la incapacidad temporal son las enfermedades o los accidentes.
  • Maternidad, paternidad, adopción o acogimiento, referidas a menores de seis años o mayores cuando sufran alguna discapacidad. Su duración no debe ser inferior a un año.
  • Riesgo de embarazo. La analizaremos a continuación.
  • Causas económicas, técnicas o de organización.
  • Riesgo en la lactancia natural de un menor de nueve meses.
  • Privación de libertad del trabajador, mientras no exista sentencia firme condenatoria. Este caso se refiere a cuando el trabajador está detenido por la policía o en prisión provisional dictada por un juez.
  • Ejercicio del derecho a la huelga. La huelga es un derecho fundamental reconocido por la Constitución.
  • Fuerza mayor temporal.
  • Cierre legal de la empresa.
  • Suspensión de empleo y sueldo por razones disciplinarias. Esta suspensión de empleo y sueldo es unilateral por parte de la empresa y el trabajador siempre podrá recurrir a las instancias competentes si considera que es una situación injusta.
  • Violencia de género. Desgraciadamente, la violencia de género es una realidad en nuestra sociedad de permanente actualidad. La trabajadora puede decidir suspender su actividad por una duración inicial máxima de 6 meses. El juez puede prorrogar esta suspensión por períodos de tres meses, hasta un máximo de 18.

Suspensión del contrato de trabajo por riesgo de embarazo

Se trata de una de las causas de suspensión más frecuentes.

El artículo 26 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales establece que el contrato será suspendido siempre y cuando no sea posible el cambio de puesto de trabajo para suprimir el riesgo existente.

La trabajadora tendrá derecho a una prestación económica por parte de la Seguridad Social durante este período. Esta prestación consiste en un subsidio equivalente al 100 por 100 de la base reguladora.

Un facultativo del centro público de salud al que esté adscrito la trabajadora es el que debe certificar mediante un informe que existe este riesgo.

No hay que confundir la pensión contributiva por maternidad, con la suspensión del contrato de trabajo por riesgo de embarazo.

Causas de suspensión de contrato laboral

Suspensión del contrato de trabajo por excedencia

La excedencia puede ser de distintos tipos: voluntaria, forzosa, por cuidado de hijos o por cuidado de familiares.

A la excedencia voluntaria tienen derecho trabajadores con al menos un año de antigüedad en la empresa. El plazo será no menor de cuatro meses y no mayor de cinco años. Para volver a ocupar su puesto de trabajo, transcurrido este tiempo, deberá existir una vacante en la empresa.

En la excedencia forzosa el reingreso al puesto de trabajo deberá ser solicitado en el mes siguiente al cese en el cargo público. Aquí el trabajador tiene derecho a la reserva de su puesto de trabajo y al cómputo de antigüedad durante el período de excedencia.

La duración máxima de la excedencia por maternidad es de tres años desde el nacimiento. El derecho a la reserva del puesto lo tiene el trabajador únicamente durante el primer año.

En la excedencia por cuidado de familiares la duración máxima es de dos años y se puede pedir para cuidar familiares hasta el segundo grado de consanguinidad y que no puedan valerse por sí mismos.

Suspensión del trabajo por incapacidad temporal

La duración máxima de la suspensión es aquí de 12 meses prorrogables por otros 6.

Si el trabajador recibe la declaración de “invalidez permanente”, permanecerá la suspensión del trabajo durante dos años a contar desde la fecha de la resolución de este tipo de invalidez.

Suspensión del contrato de trabajo por fuerza mayor

Causas de fuerza mayor pueden ser un incendio, una explosión o cualquier catástrofe natural o provocada por el hombre. Son causas que no se pueden predecir o evitar.

Se trata de una situación completamente ajena tanto a trabajador como empresario, pero que imposibilita realizar cualquier clase de trabajo. La autoridad laboral competente es la que debe constatar que existe una causa de fuerza mayor.

Si el convenio colectivo de la empresa no establece nada al respecto o la autoridad laboral competente, los trabajadores no podrán cobrar su salario durante este intervalo.