Derechos del trabajador según su tipo de contrato

Podemos diferenciar los derechos del trabajador según su contrato de trabajo. Por eso, es importante conocer en primer lugar el contrato de trabajo que se tiene, para poder saber exactamente los derechos del trabajador de los que se puede disfrutar.

Hay contratos para trabajadores fijos discontinuos, contratos a tiempo parcial, en prácticas e indefinidos. También hay contratos temporales por obra o servicios determinados, contratos temporales de sustituciones, contratos temporales por circunstancias del mercado y contratos especiales de formación y aprendizaje.

Nos centraremos en los cuatro primeros tipos de trabajos, que son los más comunes, y en sus respectivos derechos para el trabajdor.

Derechos del trabajador por tipo de contrato

Derechos de los trabajadores fijos discontinuos

El contrato fijo discontinuo es un contrato indefinido pero intermitente en el tiempo.

Es habitual que trabajadores del sector turístico tengan este tipo de contratos, así como trabajadores vinculados con el sector educativo.

Y pueden ser contratos a tiempo parcial o jornada completa. El número de contratos fijos discontinuos no ha hecho sino aumentar en los últimos años, hasta el punto que han aumentado un 30% en los últimos cinco años. La educación pública representa en España el 10% de los contratos fijos discontinuos totales.

El trabajador fijo discontinuo puede cobrar prestaciones de desempleo en el momento que finalice su relación con la empresa contratadora por causas involuntarias.

Un ejemplo de este tipo de causas sería el cierre de la empresa. Pero también puede percibir ayudas por desempleo en los períodos de inactividad entre campañas.

Además, en los meses de inactividad, el trabajador tiene derecho a buscar otro empleo, si así lo desea.

Derechos de los trabajadores a tiempo parcial

El trabajador a tiempo parcial presta sus servicios durante un número de horas al día, semana, mes o año siempre inferiores a la jornada de un trabajador a tiempo completo. Puede ser un contrato indefinido o determinado.

El contrato a tiempo parcial siempre debe formalizarse por escrito, especificando las horas a trabajar y su distribución.

Los derechos de los trabajadores con contrato a tiempo parcial son los mismos que los que gozan de un contrato a tiempo completo. Podrán realizar horas extraordinarias en proporción a la jornada pactada en su contrato.

En lo que respecta a horas complementarias, podrán realizarse si se ha pactado expresamente por escrito en el contrato o con posterioridad. Las horas complementarias se retribuyen como las horas ordinarias.

Tipos de contratos de trabajo y sus derechos

Derechos del trabajador con contrato en prácticas

El contrato en prácticas está dirigido a recién titulados, para que adquieran experiencia sobre el terreno, en empresas. Es una forma de complementar la formación del trabajador y para la empresa implica beneficios fiscales, así como una disminución de costes laborales.

El contrato en prácticas no tiene nada que ver con el contrato de formación y aprendizaje, pues éste último está destinado a jóvenes entre 16 y 24 años sin cualificación profesional reconocida.

El contrato en prácticas no puede durar menos de seis meses ni más de dos años. Situaciones en las que el trabajador finaliza su contrato en prácticas de dos años y es contratado con uno nuevo por la misma empresa para el mismo puesto de trabajo son completamente ilegales.

Además, el contrato en prácticas sólo puede realizarse en un plazo de cuatro años tras la finalización de los estudios por parte del trabajador.

El período de prueba de este tipo de contrato de trabajo no puede ser superior a un mes para trabajadores con título de grado medio o certificado de profesionalidad de nivel 1 o 2 ni de dos meses para trabajadores con titulo de grado superior o certificado de profesionalidad de nivel 3.

Por último, el contrato en prácticas debe especificar claramente las funciones que realizará el trabajador, así como el salario y sus deducciones.

Derechos del trabajador con contrato indefinido

El contrato indefinido no tiene una fecha concreta de finalización y es el contrato deseado por millones de trabajadores, que buscan estabilidad laboral en sus vidas. Además, es el tipo de contrato que implica mayor indemnización si se produce un despido, y en el que los trabajadores gozan de mejores derechos.

El contrato indefinido puede ser de jornada completa, parcial o fijo discontinuo.

El empresario sólo puede finalizar el contrato de un trabajador indefinido si se trata de un despido objetivo o disciplinario.

Las causas del despido objetivo están relacionadas con faltas de asistencia del trabajador e ineptitud o son causas vinculadas a la producción y organización de la empresa o “de fuerza mayor” (como el cierre o un expediente de regulación de empleo).

Si es un despido disciplinario, el trabajador no tiene derecho a indemnización (pero el empresario debe justificarlo).

En el despido objetivo, la empresa debe indemnizar al trabajador con 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.

Hay un tercer supuesto, que es el despido improcedente. Aquí la indemnización es de 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades para contratos posteriores al 12 de febrero de 2012.

En el caso de contratos anteriores a esta fecha, el máximo son 42 mensualidades y 45 días por año trabajado. La reforma laboral del año 2012 es la razón de esta diferencia.

Por último, si el trabajador decide por su parte poner fin a su contrato de forma unilateral, se trata de una baja voluntaria, por lo que perdería su derecho a indemnización.